https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/issue/feed Revista de Enfermería Vascular 2024-10-10T17:57:11+02:00 Equipo Editorial revista@aeev.net Open Journal Systems <p><em>Revista de Enfermería Vascular</em>&nbsp;es el órgano de expresión de la Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas (AEEVH), y constituye un instrumento de difusión y reflexión sobre diversos aspectos relacionados con la profesión enfermera y los cuidados que reciben los pacientes vasculares dentro del ámbito de la atención primaria, hospitalaria y sociosanitaria.</p> <p>La revista publica dos números al año en formato electrónico y somete sus artículos a un riguroso proceso de revisión por pares. Sus contenidos, que se pueden consultar, descargar y compartir libremente, van destinados a profesionales de todos los países de habla hispana, aunque está especialmente centrada en la realidad española.</p> <p>Como revista científica, incluye artículos inéditos dentro de las siguientes categorías: Editorial, Originales, Originales breves, Casos clínicos, Revisiones, Cartas al director, Artículos especiales y Miscelánea.</p> https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/article/view/129 Indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica: heridas 2024-10-10T17:57:05+02:00 Gonzalo Esparza Imas grdd@hotmail.es <p>Han pasado 2 años largos desde la publicación en el BOE de la validación por parte del Ministerio de Sanidad de la resolución de 20 de octubre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se valida la «Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeros/os de: Heridas». El documento que define el espacio de “legalidad”, para todo el colectivo de Enfermería de España, es en su gene-ralidad una verificación de lo que gran parte de nuestros colegas profesionales realizan en cada uno de sus puestos de trabajo. En este caso en concreto, en el ámbito de las heridas, se define los medicamentos bajo prescripción médica, para la praxis diaria en el abordaje y rehabilitación de heridas. El título, esclarecedor. El desarrollo del texto, más de lo mismo en la “tutorización médica” en estos últimos años pretéritos y a la espera de lo que vendrá en los años futuribles. La profesión enfermera no puede ni debe seguir instaurada en los vaivenes políticos y decisorios que se dan en las sedes ministeriales de turno, ni las consejerías de “salud”. Consejerías de salud o sanidad, como título general y sin apellidos segundo o tercero (de asuntos sociales, o, de sanidad universal y salud pública, que tienen y definen cada una de las comunidades autónomas y forales españolas. La resolución de 20 de octubre de 2020 es otro “brindis” más al sol hacia la Enfermería española. Se define por parte del ministerio: que, como, cuando… bajo la prescripción médica inicial lo que podremos apli-car, continuar o retirar/finalizar los medicamentos de esta guía. Lo interesante de esta guía no es lo que se pretende definir, sino como se va a aplicar en cada una de las comuni-dades españolas. Cada CCAA tendrá que definir cuándo y cómo se puede conseguir esta “cesión” médica a través de la adecuación de la resolución publicada en BOE y llevada a cada comunidad, revisada y consensuada entre diferentes organismos locales/provinciales. La publicación de esta resolución por parte del ministerio, NO autoriza a los enfermeros españoles a su puesta en práctica por delegación o autorización directa. Tras la adecuación del documento inicial de 2020, cada comunidad lo adapta a sus criterios respetando los míni-mos establecidos y/o en el peor de los casos, asumiendo la resolución, siendo el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, la acreditadora del titular de enfermería en el desarrollo de las actuaciones contempladas en estas guías, tanto la enfermera responsable de cuidados generales como la enfermera responsable de cuidados espe-cializados. En este último punto hay que agradecer al ministerio que especifique y diferencie los profesionales generalistas y los especializados (entendiendo estos especializados, aquellos que poseen la titulación de especialistas y que como sabemos no son, exceptuando matronas y enfermería del trabajo, muy habituales en puestos específicos especializa-dos y que se continúan cubriendo con enfermeras generalistas.) Hablar de especialización de enfermería debiera sonrojar al ministerio que, tras varias décadas, sigue sin definir aún competencias en varias especialidades de Enfermería que siguen en el “limbo” sanitario-universitario-laboral. Si trasladamos el análisis del documento al ámbito nacional nos encontramos que las guías deben adecuarse por cada comunidad partiendo de las normas generales descritas en la resolución. La puesta en práctica de estas guías para la administración de los medicamentos precisa de una autorización pres-criptora, no ya ministerial inserta en la competencia enfermera a la consecución de la titulación de grado, sino de la consejería de salud/sanidad de cada comunidad autónoma para la puesta en práctica de esta resolución. Mientras, esperamos que cada comunidad, decida cuando se produce la adaptación, y se cumplen los requisitos laborales para la obtención del mismo. Las comunidades autónomas acreditan de manera general con un año de experiencia laboral en la comunidad co-rrespondiente de oficio, siendo los trabajadores de menos de un año los que precisen o necesiten un curso de acredi-tación. Poniendo dos ejemplos: Gobierno Canarias: Experiencia profesional mínima de 1 año o curso de capacitación en cuidados generales o en cuidados especializados para la acreditación enfermera para la indicación, uso y autorización de dispensación de medi-camentos y productos sanitarios de uso humano en cuidados generales o cuidados especializados respectivamente.<br>Gobierno Madrid: más de un año de ejercicio profesional en la comunidad y no la hayan obtenido aún, teniendo en cuenta lo siguiente: a.Los enfermeros que presten sus servicios en centros sanitarios públicos adscritos o vinculados al Servicio Madri-leño de Salud se acreditarán de oficio por lo que no es necesario que presenten ninguna solicitud.b.Los enfermeros que obtuvieron la acreditación al amparo de la Orden 469/2021, de 16 de abril, de la Consejeríade Sanidad, no es necesario que hagan solicitud ya que están acreditados mediante Resolución de 24 de no-viembre de 2021, de la Dirección General de Investigación, Docencia y Documentación (BOCM nº 285 de 30 denoviembre de 2021), entendiéndose plenamente válida y vigente la ya obtenida.En caso de no tener un año de ejercicio profesional, los enfermeros podrán hacer un curso ofertado de forma gra-tuita por la Consejería de Sanidad o esperar a tener un año de ejercicio profesional para obtener la acreditación. Todas las resoluciones de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica tienen la misma conformación (heridas, ostomías, quemaduras, hipertensión y diabetes); incluso casi las mis-mas palabras. La desidia, abandono, incomprensión y menosprecio que muestran los diferentes gobiernos (central y autonómi-cos) a la enfermería española es digna de estudio. A ningún colectivo laboral mayoritario, como es enfermería en salud, se ha minusvalorado, apartado y reducido tanto sus funciones y competencias como al nuestro. Lo irritante de estas acciones/decisiones institucionales frente al colectivo enfermera producen un efecto indesea-do en nuestro día a día que como vamos viendo aboca a un desencanto en una profesión dedicada al cuidado. Un colectivo profesional que se entrega en el arte de cuidar. Un profesional universitario que continúa en la formación continuada post graduada sin escatimar tiempos y es-fuerzos. Un grupo de más de 330.000 profesionales en España, evolucionando y creciendo en servicios públicos y privados que sea y tenga una capacidad de decisión en ámbitos gestores locales, provinciales y nacionales tan reducida es co-mo mínimo para analizar. Y tras los 17 análisis, ¿cambiará algo?</p> 2023-07-15T00:00:00+02:00 Derechos de autor 2023 https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/article/view/134 Seguridad y beneficios del uso del sevoflurano tópico en el tratamiento de úlceras venosas crónicas: Revisión Bibliográfica 2024-10-10T17:56:42+02:00 Cristina Fernández Navarro fercrina.navarro@gmail.com <p>Las úlceras venosas crónicas son las heridas de extremidad inferior con una mayor prevalencia, lo que supone un problema de salud global. A pesar del tratamiento convencional, estas lesiones tienen una alta recurrencia, incluso muchas de ellas, se cronifican en el tiempo. La mayoría de las úlceras venosas crónicas cursan con dolor, teniendo un gran impacto negativo en la calidad de vida de la persona. En los últimos años se ha utilizado el sevoflurano tópico en el abordaje de las úlceras venosas crónicas, aunque su uso aún no se ha estandarizado. El objetivo de este estudio fue sintetizar y analizar las evidencias científicas disponibles sobre la seguridad y los beneficios del uso del sevoflurano de forma tópica en úlceras venosas crónicas.<br>Se ha realizado una revisión bibliográfica de la literatura científica disponible en las principales bases de datos na-cionales e internacionales sin límite de fecha, en idioma español e inglés. Se obtuvieron 134 referencias, de las cuales se eliminaron los artículos que no cumplían los criterios de inclusión, quedando finalmente 18 para su síntesis cualita-tiva. Desde que el sevofluorano fue administrado por vía tópica por primera vez en 2011, se han publicado numerosos estudios que demuestran sus beneficios en el tratamiento de las úlceras venosas crónicas, pero también la seguridad en su utilización, tanto para el paciente como para el profesional sanitario. Sin embargo, aún quedan grandes pregun-tas por responder, como la dosis, frecuencia de uso, márgenes terapéuticos o las heridas que se obtiene un mayor beneficio de la utilización tópica del sevoflurano.</p> 2023-07-15T00:00:00+02:00 Derechos de autor 2023 https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/article/view/135 Cribado y riesgo de úlcera en el pie en los diabéticos de un centro de salud rural 2024-10-10T17:56:36+02:00 Antonio Manuel Ballesteros Álvaro aballesteros@saludcastillayleon.es Ana Isabel Fernández-Antolínez afernandezan@saludcastillayleon.es Adela López-Alonso alopez@saludcastillayleon.es María del Pilar Soto-Vallejera psotov@saludcastillayleon.es Rebeca Cuesta-Rodríguez rcuesta@saludcastillayleon.es Julio César Martín-Suances jcmartins@saludcastillayleon.es Sandra Miguel-Montoya smiguelm@saludcastillayleon.es Gabriel Mata-Gómez gmatag@saludcastillayleon.es <p>Introducción: el pie diabético es una de las complicaciones más graves de la diabetes, origina anualmente un número importante de amputaciones, disminuyendo la esperanza de vida de los pacientes, ocasionándoles una disminución en su calidad de vida e incrementando los costes del sistema sanitario. Objetivos: determinar la frecuencia de los factores de riesgo de desarrollar un pie diabético en pacientes con DM1 y DM2 de nuestra Zona Básica de Salud y estratificarlos de acuerdo con el riesgo de sufrir una úlcera en el pie. Métodos: se realizó un estudio observacional, transversal y descriptivo con 126 pacientes obtenidos por muestreo aleatorio simple, durante los meses de abril a diciembre de 2022. Se realizó un análisis estadístico descriptivo general con cálculo de la media y desviación estándar para variables cuantitativas, y de porcentajes con intervalos de confianza del 95% (IC 95%) para variables cualitativas. Resultados: la hiperqueratosis (40,5%), las alteraciones ungueales (39,7%) y las deformidades óseas en los pies (30,02%) son los factores de riesgo más frecuentes para desarrollar un pie diabético en el futuro. A esto se unen la alteración en la exploración neurológica (42,90%) y vascular (32,5%) de los miembros inferiores. El 26,95% de los pacientes presentaron un riesgo moderado/alto de desarrollar un pie diabético según la clasificación del IWGDF. Conclusiones: la prevalencia de pie de riesgo es similar a la de estudios previos. Los factores de riesgo modificables más prevalentes son el mal control de la glucemia, la hiperqueratosis, las distrofias ungueales y las deformidades óseas del pie, así como la neuropatía y la enfermedad arterial periférica</p> 2023-07-15T00:00:00+02:00 Derechos de autor 2023 https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/article/view/127 Isquemia arterial crónica: abordaje de una lesión complicada 2024-10-10T17:57:11+02:00 Ana Antonia Serrano Moreno aasermo23@gmail.com <p>Las úlceras arteriales de las extremidades son lesiones o heridas producidas por la disminución de la perfusión sanguínea y como consecuencia de un déficit de la presión parcial de oxígeno en los tejidos distales.<br>La patología arterioesclerótica es la causa fundamental de las obstrucciones en las arterias de los miembros infe-riores. Las úlceras de etiología isquémica aparecen en fases avanzadas de la isquemia crónica localizándose principal-mente en zonas distales como los dedos del pie.<br>En pacientes con isquemia crónica grave puede aparecer una lesión como consecuencia de un traumatismo, roce, lesión por apoyo en zonas de carga o infecciones locales. El concepto de úlcera isquémica que no cura se refiere a las lesiones en las que, más allá de la causa, no hay suficiente aporte sanguíneo como para mantener la respuesta infla-matoria necesaria para la cicatrización.</p> 2023-07-15T00:00:00+02:00 Derechos de autor 2023 https://www.revistaevascular.es/index.php/revistaenfermeriavascular/article/view/131 Terapia compresiva en edemas de origen nefrológico 2024-10-10T17:56:59+02:00 Patricia Reguera Álvarez patri.reguera@gmail.com <p>Paciente varón de 79 años con enfermedad renal crónica que presenta edemas con fóvea y flictenas supurativas en miembros inferiores. Se realizó tratamiento ambulatorio en consultorio local utilizando un abordaje conservador, curas secas y terapia compresiva con vendaje de doble capa de baja elasticidad, obteniendo como resultado el cierre de las lesiones cutáneas y la mejoría de los edemas sin necesidad de ajustar el tratamiento farmacológico.</p> 2023-07-15T00:00:00+02:00 Derechos de autor 2023